BECAS MEFP 2020/2021 - RESOLUCIÓN FINAL DE LA CONVOCATORIA DE BECAS - CONVOCATORIA GENERAL Y AYUDAS PARA ALUMNOS CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO

Miércoles, 14 Abril, 2021 hasta el Miércoles, 30 Junio, 2021

Resolución definitiva de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional por la que se conceden las ayudas de carácter general  para el curso académico 2020/2021

Resolución definitiva de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional por la que se conceden las ayudas  ​para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2020/2021

Los listados de becarios se encuentran publicados para consulta, desglosados por provincias y en orden alfabético, en la página web del Ministerio de Educación 

Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Secretaria de Estado en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional (comienza el 13 de abril y finaliza el 12 de mayo de 2021); dicho recurso debe presentarse en registro oficial o en oficina de CORREOS en sobre abierto, como correo administrativo y se dirigirá al órgano que tramitó la solicitud de beca, es decir a esta Delegación Provincial - Unidad de Becas, para ello podrá utilizar el modelo adjunto o descargarlo en la siguiente dirección: http://www.educacionyfp.gob.es/dam/jcr:d32ff8c3-865d-46b3-bfaa-e96d15c6435b/recurso-rellenable-completo-con-cuenta-30mar21.pdf

Asimismo, la resolución definitiva podrá ser impugnada ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, conforme a lo establecido en los artículos 11.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio.

 

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